En Madrid, todos los edificios de más de 30 años tienen que pasar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) el año siguiente a cumplirlos, y repetirla cada 10 años. Además, los edificios de viviendas colectivas de más de 50 años deben presentar el Informe de Evaluación del Edificio (IEE) en un máximo de cinco años desde que alcanzan esa edad, y el IEE sustituye a la ITE si coinciden. Si la inspección sale desfavorable, el Ayuntamiento ordena las obras y la comunidad tiene que hacerlas y acreditarlo. Aquí tienes cómo saber cuándo le toca a tu edificio, qué revisan, qué pasa si no se presenta y a quién llamar para las obras.
ITE e IEE en una tabla
| ITE (Inspección Técnica de Edificios) | IEE (Informe de Evaluación del Edificio) | |
|---|---|---|
| Qué edificios | Todos los de más de 30 años, públicos o privados, sin excepciones | Viviendas colectivas de más de 50 años (también hoteles y residencias); y cualquier edificio que vaya a pedir ayudas públicas de conservación, accesibilidad o eficiencia energética |
| Cuándo | El año siguiente a cumplir 30 años desde el final de las obras; después, cada 10 años desde el año de la obligación | En un máximo de 5 años desde que el edificio cumple 50; antes de pedir la ayuda, si se pide |
| Qué revisa | El estado de conservación del edificio | Conservación + condiciones básicas de accesibilidad + certificado de eficiencia energética |
| Plazo para presentarla | Año natural: hasta el 31 de diciembre del año que toca | 3 meses desde que termina la inspección |
| Cuánto vale | 10 años (las siguientes cuentan desde el año de la obligación, no desde que se presentó) | IEE completo: hasta el 31 de diciembre del décimo año desde su presentación |
| Quién la hace | Técnico colegiado; en edificios residenciales, arquitecto o arquitecto técnico | Arquitecto o arquitecto técnico, con la aplicación oficial |
| Norma | Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones (30-nov-2011) y art. 1.4.8 de las Normas Urbanísticas del Plan General de 1997 | Decreto 103/2016, de 24 de octubre, de la Comunidad de Madrid |
Fuentes (Ayuntamiento de Madrid, consultadas el 3-nov-2026): ITE, plazos · ITE, preguntas frecuentes · IEE, plazos · IEE, preguntas frecuentes.
¿Cuándo le toca a mi edificio?
En tres pasos:
- Busca el año de terminación de las obras de tu edificio (está en la escritura o te lo puede decir el administrador).
- Súmale 30 años: la primera ITE se presenta el año siguiente. Las demás, cada 10 años desde ese año de obligación, aunque se presentara antes o tarde.
- Si el edificio es de viviendas y pasa de 50 años, el IEE tiene que estar presentado en un máximo de cinco años desde que los cumplió.
Para no calcularlo a mano, el Ayuntamiento tiene la consulta de ITE/IEE por dirección o expediente en madrid.es/ite, que muestra el año de obligación de cada edificio y su resultado. Para los edificios que ya tenían más de 30 años cuando entró en vigor la ordenanza de 2011 hay un calendario transitorio: también sale en esa consulta.
Qué revisan
- La ITE comprueba el estado de conservación del edificio. La inspección puede ser visual si basta para cumplir la ordenanza; si no, el técnico pide ensayos complementarios.
- El IEE incluye, como mínimo, el estado de conservación, las condiciones básicas de accesibilidad universal y el certificado de eficiencia energética. Puede hacerse completo o, si el edificio tiene una ITE en vigor, transcribiendo esa ITE («IEE con ITE realizada»); este segundo vale solo hasta el 31 de diciembre del año en que tocaba renovar la ITE.
Fuentes: preguntas frecuentes de ITE e IEE del Ayuntamiento de Madrid.
Si la ITE sale desfavorable
Según el Ayuntamiento:
- Los servicios municipales visitan el edificio y proponen una orden de ejecución de las obras.
- Durante dos meses, la propiedad puede pedir la licencia urbanística para subsanar los defectos. Si ya ha recibido la orden de ejecución, no necesita licencia, pero sí cumplir los plazos que fije la orden.
- Cuando terminan las obras, se acredita con un certificado de idoneidad del técnico responsable o, si se exigió proyecto, con el certificado final de obra visado por su colegio. Conviene confirmar con el órgano que dictó la orden qué documento pide.
- Verificada la reparación, se anota en el Registro de Edificios y Construcciones.
Lista para la junta de vecinos tras un desfavorable:
- Pedir al técnico que firmó la ITE que explique los defectos y su urgencia.
- Pedir dos o tres presupuestos de obra por cada defecto, con el mismo alcance.
- Comprobar si hay ayudas abiertas para esas obras antes de contratarlas: para pedir ayudas de conservación, accesibilidad o eficiencia energética, el IEE tiene que estar presentado antes de la solicitud.
- Acordar en junta cómo se paga (ver «Quién paga»).
Si no se presenta
Presentar la ITE no tiene tasa (solo hay tasas e impuestos si sale desfavorable y se inicia la orden de ejecución). Si no se presenta, el Ayuntamiento ordena hacerla en dos meses; si sigue sin hacerse, puede abrir un procedimiento sancionador y poner hasta tres multas coercitivas de 1.000, 2.000 y 3.000 euros, cada una con un nuevo plazo de dos meses, y después ejecutarla de forma subsidiaria. (Fuente: preguntas frecuentes de la ITE, Ayuntamiento de Madrid, consultadas el 3-nov-2026.)
Quién paga la ITE y las obras
La obligación de pasar la ITE y presentar el IEE es de la propiedad del edificio; en un edificio de viviendas, la comunidad de propietarios. Las obras que sean necesarias para conservar el edificio, incluidas las que imponga la Administración, son obligatorias para la comunidad sin necesidad de acuerdo previo de la junta, según el artículo 10.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, y se reparten según la cuota de cada piso salvo que los estatutos digan otra cosa. (Consultada en el BOE el 3-nov-2026. Información general, no asesoramiento legal: tu administrador de fincas te dirá cómo se aplica en tu comunidad.)
Si el edificio está protegido
En edificios catalogados, las obras de fachada o cubierta pueden tener condiciones especiales. Para saber si el tuyo lo está, el Ayuntamiento publica el Catálogo de edificios protegidos en su Geoportal, con el nivel de protección de cada edificio (también accesible desde el Visor Urbanístico). Consulta al Ayuntamiento antes de encargar el proyecto.
A quién llamar para las obras
| Defecto habitual en la ITE | Qué tipo de empresa | En La Guía Madrid |
|---|---|---|
| Fachadas: grietas, desprendimientos, balcones, cornisas | rehabilitación de fachadas | Empresas de fachadas en Madrid |
| Cubierta: tejas rotas, goteras | tejados y cubiertas | Empresas de tejados en Madrid |
| Filtraciones en cubiertas planas, terrazas, sótanos | impermeabilización | Impermeabilizaciones en Madrid |
| Humedades en muros y bajos | empresas de humedades | Empresas de humedades en Madrid |
| Accesibilidad (IEE): ascensor, rampas, salvaescaleras | ascensores | Empresas de ascensores en Madrid |
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre la ITE y el IEE?
La ITE revisa solo el estado de conservación y la pasan todos los edificios de más de 30 años cada 10 años. El IEE es más completo (conservación, accesibilidad y eficiencia energética), lo necesitan las viviendas colectivas de más de 50 años y cualquier edificio que pida ayudas públicas, y sustituye a la ITE cuando coinciden.
¿Cada cuántos años hay que pasar la ITE en Madrid?
Cada 10 años, contados desde el año en que tocaba la anterior, no desde que se presentó.
¿Cómo consulto la ITE de mi edificio?
En la consulta de ITE/IEE del Ayuntamiento (madrid.es/ite), por dirección o número de expediente. También puedes llamar al 010 (914 800 010 desde fuera de Madrid) o escribir a ite@madrid.es, según el propio Ayuntamiento.
¿Quién puede hacer la ITE?
Un técnico competente, colegiado y habilitado. En edificios de uso residencial, un arquitecto o un arquitecto técnico.
¿Cuánto cuesta la ITE?
Presentarla en el Ayuntamiento no tiene tasa. Lo que cuesta es el trabajo del técnico, que varía según el edificio: pide varios presupuestos. No damos precios porque no hay una fuente oficial.
¿Cómo saber si un edificio está protegido en Madrid?
En el Catálogo de edificios protegidos del Geoportal del Ayuntamiento de Madrid, que da el nivel de protección de cada edificio (también se consulta desde el Visor Urbanístico). Si el tuyo está catalogado, consulta al Ayuntamiento antes de encargar las obras de fachada o cubierta.
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Humedades en casa: capilaridad, condensación o filtración · Empresas de fachadas en Madrid · Empresas de tejados en Madrid.
Foto de portada: Edificio de viviendas de 1910-1912 en la calle de Fuencarral, 132 (Chamberí). Luis García (Zaqarbal), CC BY-SA 3.0, vía Wikimedia Commons.
